PERMISOS DE VERTIDO

Todas las actividades que viertan sus aguas residuales sanitarias, industriales y pluviales deben de pedir permiso de vertido al medio donde se realice el vertido:
    
§  Alcantarillado municipal, donde el órgano competente es el Ayuntamiento.
    
§  Dominio Publico Hidráulico, donde el órgano competente es la Confederación Hidrográfica del Jucar.
    
§  Vertido directo a EDAR, donde el órgano competente es la EPSAR.

En
INGENIERÍA BONASTRE, nos encargamos de realizarle y tramitarle los diferentes permisos de vertido a presentar ante la Administración, de asesorarle para que no incurra en ningún tipo de delito medioambiental, de estudiar las posibles medidas correctoras y de rellenarle las declaraciones necesarias en los plazos establecidos (ver apartado Informes).
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